El camino del emprendimiento es difícil, ya que conlleva muchos gastos y cargas. No obstante, a la larga es ampliamente satisfactorio.
Cuando uno inicia dicho camino, ya sea como autónomo o formando parte de una sociedad, tendrá que hacer frente a una serie de trámites, tanto informativos como de pago, siendo la elección de la domiciliando comercial de las empresas una de ellas.
En Comfort Business le contamos todos los trámites que deberá presentar.
Las obligaciones fiscales de un autónomo
Antes de serlo, ¿Qué debo presentar?
Darse de alta como trabajador por cuenta propia es el primer paso que hay que dar. Para ello, hay que presentar en la agencia tributaria el modelo 037, documento de declaración censal de empresarios, retenedores y profesionales. Pero, no sólo eso, también es imprescindible rellenar el modelo 036.
A través de dichos modelos, se tiene que agregar la opción del epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas. Es importante tenerlo en cuenta, ya que estas modalidades disponen de diferentes epígrafes y cada una tiene características propias, lo que definirá el modelo de negocio que quiere llevar a cabo.
No obstante, las verdaderas obligaciones fiscales de un autónomo serán las que deberá realizar cuando empiece su a ejercer su actividad. Por lo que, lo realmente importante viene ahora.
IRPF
Es uno de los mayores quebraderos de cabeza del autónomo. El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), grava la renta de las personas físicas. Es de carácter progresivo, ya que a mayor renta, más será la cantidad a pagar al estado.
El trabajador por cuenta propia deberá pagar este impuesto trimestralmente. La documentación necesaria para ello será mediante el modelo 130, en caso de ser de régimen de estimación directa, o el modelo 131, si es objetiva.
No obstante, aquellos autónomos que contraten los servicios de otros profesionales o tengan trabajadores tendrán que entregar más documentos. Mensual o trimestralmente, deberá presentar el modelo 111 de retenciones a cuenta del IRPF y el 190 que hace un resumen anual.
IVA
Todas las facturas que realice el autónomo deben de incluir el IVA. Dicho impuesto es el que pagará el cliente como total del precio a pagar. Sin embargo, el emprendedor también deberá pagar su IVA al estado.
Trimestralmente se deberá declarar ante Hacienda sobre el IVA que has ingresado y devolver la diferencia a la AEAT. Todo esto se realiza mediante la presentación del Modelo 303 cada tres meses y del Modelo 390 anualmente, resumiendo el ejercicio a efectos de este impuesto.
Declaración de la renta
Mientras que las empresas tienen que tributar el Impuesto sobre las Sociedades, los autónomos lo hacen al presentar la Declaración de la renta a través del modelo 100 de la AEAT. En la declaración se tendrá que indicar tus ingresos y gastos, resumiendo su actividad anual.
Obligaciones fiscales de una empresa
¿Qué hacer antes de crear la empresa?
Es un proceso mucho más tedioso que el ingreso de un nuevo autónomo. Estos son todos los trámites a presentar las nuevas sociedades civiles y mercantiles:
- Modelo 036 y 037 para darse de alta (dar con los epígrafes del IAE que cuadran con la actividad que va a ejercer).
- Modelo 840 para declarar el alta y así dejar de exención del IAE
- Modelo 600 para realizar el pago del Impuesto de Transmisiones y Actos Jurídicos Documentados (IAJD)
- Modelo 039 de la AEAT: Este documento debe de ser rellenado para comunicar si se forma parte de un grupo de entidades, pero también si ésta se va aplicar un régimen especial en el Impuesto de Sociedades.
- Número de EORI: En caso de que la empresa vaya a operar dentro de la UE. Este número sirve de identificación para importar o exportar para diferentes países comunitarios.
IVA
Los documentos a presentar son los mismos que los trabajadores por cuenta propia. En el caso de una gran empresa, el modelo a presentar es el 303 mensualmente o trimestralmente, pero también se debe el modelo 390 para mostrar un resumen anual de sus operaciones. Todo esto se debe de tramitar de forma online.
IRPF
Para que se lleve a cabo la retención del IRPF, se debe de entregar el Modelo 111 de forma mensual o trimestral en caso de grandes empresas. No obstante, también debe presentarse el Modelo 2016 para los empresarios no residentes en territorio español. Pero el asunto no acaba aquí, ya que a comienzos de año se deberá afrontar todas las retenciones mediante el Modelo 190.
Impuesto de sociedades
Es el Impuesto de Sociedades es uno de los tributos más importantes que debe de afrontar el empresario. No obstante, los diferentes tipos de este impuesto son fijos y están fijados al 25%. Aunque éstos son de carácter general, existen excepciones para aquellas empresas que han sido creadas recientemente.
Se hace mediante el Modelo 200 de la AEAT y habrá que efectuar el pago en los 25 días posteriores a los 6 meses del periodo impositivo. Mayormente, suele coincidir en julio, esto se debe a que las empresas en general conservan su periodo fiscal siguiendo el calendario anual.
Reparto de dividendos
A través del Modelo 123 se informará si la empresa ha repartido dividendos entre los accionistas. Además, este dato también deberá incluirse en el resumen anual del Modelo 193.
Pero no sólo eso, la compañía también deberá afrontar el ITPAJD en el campo de las transmisiones patrimoniales onerosas. Éste deberá efectuarse cuando se compre o venda un inmueble sin poder renunciar al IVA al aumentar el capital.
Sin embargo, en este último caso deberá de ser en la modalidad de operaciones de operaciones societarias. Al entregar dicho inmueble, se deberá tramitar el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.
Lo que deben realizar tanto empresarios como profesionales
Operaciones con terceros
Mediante el Modelo informativo 347 deberán ser registradas las operaciones con terceros que superen los 3.005,06 euros anuales. En él se debe resumir tanto las compras como las entregas de bienes y servicios que se realicen, en resumen, toda la actividad comercial de su empresa, independientemente de si están sujetas o no al IVA.
Operaciones intracomunitarias
Si opera dentro de la Unión Europea también deberás tramitar el Modelo 349 anualmente. Dependiendo de la cuantía marcarán unos tiempos distintos:
- Anualmente: Si el volumen de operaciones no supera los 35.000 o los 15.000 euros.
- Trimestralmente: Si dicho volumen supera los 35.000 pero no los 50.000 euros.
- Mensualmente: Cuando la cifra supera los 50.000 euros. Pero no sólo eso, también se deberá presentar el resumen anual mencionado anteriormente.
Declarar el alquiler del local
Si tanto empresarios y autónomos disponen de un local, éste deberá ser informado ante Hacienda. Para ello, se deberá entregar los modelos 115 y el 180. Estos dos se encargan de declarar las retenciones e ingresos de los alquileres. La diferencia de cada modelo es que el primero se hace de forma mensual, mientras que el segundo se hace anualmente.
Pero en muchas ocasiones, el disponer de un local puede no salirle a cuenta al emprendedor. Por lo que, una buena alternativa sería la de alquilar despachos, salas de reunión, entre otros espacios profesionales exclusivos.
Además, éstos incluyen servicios de atención telefónica, secretaria virtual, gestión de redes sociales o de asesoría estratégica, donde será asesorado sobre diferentes aspectos de su empresa, por ejemplo, la imagen corporativa que transmite.
Todo esto lo puede ofrecer Comfort Business, así que no dude en ponerse en contacto con nosotros, le asesoraremos en todo aquello que necesite.